Hace más de cincuenta años, el teniente de navío francés Jacques Ives Cousteau y el ingeniero Emile Gagnan diseñaron y fabricaron el regulador, componente fundamental del equipo de buceo con escafandra autónoma.

Años más tarde, junto con un grupo de amantes de la mar y a bordo del mítico Calypso, divulgaron a través de documentales toda la belleza del hasta entonces desconocido mundo submarino.

Sigue las recomendaciones antes de sumergirte


Hasta hace pocos años, el buceo recreativo ha sido una actividad practicada en nuestro país por una minoría. Sin embargo, durante la últimas décadas ha experimentado un espectacular aumento en cuanto al número de aficionados. Una muestra de ello es la proliferación de centros y clubes de buceo en todos los rincones de las zonas de costa de España y del mundo.

Normativa vigente en nuestro país en la práctica del submarinismo

No olvides contratar un seguro de buceo. Todo esto ha llevado al organismo estatal con competencias relativas a seguridad en la mar, el Ministerio de Fomento, a la redacción de las normas de seguridad para el ejercicio de las actividades subacuáticas y a su aprobación, con vigencia del Real Decreto 1222/2010 de 1 de octubre.

Esta orden ministerial viene a cubrir el vacío legal existente en nuestro país en materia de normas de seguridad referentes a las actividades subacuáticas, dejado tras la derogación de la orden del Ministerio de Agricultura y Pesca de 30 de julio de 1981.

Descubrirás un mundo nuevo


La práctica del buceo deportivo-recreativo en España queda, por tanto, regulada por las siguientes directrices:

  • Todo buceador debe estar en posesión de un “seguro de accidentes y de responsabilidad civil”, bien por medio de su licencia federativa o suscribiendo un seguro privado que cubra cualquier incidente durante el desarrollo de la actividad.
  • En la planificación de las inmersiones se evitará superar el límite de tiempo sin descompresión (curva de seguridad), vale un incremento de seguridad sobre el tiempo límite de las mismas. Los programas de enseñanza de las distintas titulaciones deberán, por tanto, incluir explicaciones y manejo de tablas de descompresión.
  • Las tablas de descompresión podrán ser sustituidas por un ordenador de buceo.
  • La profundidad máxima de buceo con aire queda limitada a:
  • 40 metros: inmersión con equipo autónomo de aire.
  • 55 metros: inmersiones excepcionales con aire o nitrox.
  • Cuando se realicen inmersiones a profundidades superiores a 40 metros, es aconsejable el empleo de equipos de comunicación con superficie.
  • Las operaciones de rescate y recuperación de cadáveres podrán realizarlas solamente las Fuerzas de Seguridad del Estado (Grupo Especial de Actividades Subacuáticas, pertenecientes a la Guardia Civil; Centro de Buceo de la Armada; etc.) y/o buceadores profesionales, excepto en circunstancias de emergencia donde la intervención represente la protección de vidas humanas.


Bucea, como mínimo, con un acompañante

  • Se deben establecer medidas especiales cuando se realicen inmersiones en fondos fangosos, para evitar la pérdida de visibilidad, y procedimientos de actuación en caso de que ocurra (cabo guía desde superficie, buceadores unidos por un cabo, etc.)
  • Se dispondrá de un embarcación en superficie para ayuda y auxilio de los buceadores. Toda embarcación empleada en actividades de buceo deberá izar la bandera Alfa del Código Internacional de Señales. Cualquier otra embarcación deberá navegar a no menos de 50 metros del lugar donde se encuentre fondeada una embarcación en la que ondee la bandera Alfa.
  • Es responsabilidad de los centros de buceo y alquiler de material, así como de los buceadores, el mantenimiento y puesta a punto de sus equipos de buceo.
  • El número mínimo de buceadores para efectuar inmersión con equipo autónomo será de dos y deberán tener en cuenta aspectos como no bucear nunca solo y en caso de cansancio, falta de ganas, malestar, etc. mejor no sumergirse.

No bucear en estos casos:

  • No debe realizar inmersiones todo aquel buceador que se encuentre en bajo estado físico o psíquico, tensión, ansiedad, embriaguez, enfermedad, sueño o bajo los efectos de drogas.
  • Cuando las condiciones atmosféricas impidan la maniobra normal de la embarcación de apoyo para la recogida de los buceadores.
  • Cuando la inmersión requiera paradas de descompresión y el estado de las aguas no permita realizar con seguridad y a la profundidad exacta las pertinentes paradas.
  • Se debe evitar llevar a cabo inmersiones con corrientes superiores a un nudo.


Cuantos más buceadores, mucho mejor

El equipo mínimo obligatorio que deberá llevar cada buceador con equipo autónomo estará compuesto por:

  • Chaleco compensador de flotabilidad (jacket o collarín) provisto de un sistema de hinchado bucal y otro automático (directo a la botella de suministro de aire a través de la primera etapa del regulador o por medio de un botellín).
  • La botella contará con un mecanismo de reserva o el regulador irá provisto de un sistema de control de presión interior (manómetro, transmisor al ordenador de buceo, etc.).
  • Reloj, profundímetro u ordenador de buceo.
  • Cuchillo.
  • Dos segundas etapas, aunque se recomienda llevar dos reguladores independientes.

En lo relativo a reconocimientos médicos, toda persona que vaya a iniciarse en la práctica de actividades subacuáticas deberá realizar previamente un examen médico especializado. Tanto este primer examen médico como los posteriores, deben ser realizados por médicos con especialidad en actividades subacuáticas.

Los reconocimientos periódicos son obligatorios y deben realizarse cada dos años, para buceadores deportivos, debiendo figurar este reconocimiento en su libreta de actividades subacuáticas (pasaporte de buceo).